Índice de reglamentos y normativa  / (R.A.P.) REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN

 ÍNDICE

  • Real Decreto 1244/1979, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos a Presión.

  • Capítulo I.- Competencia Administrativa. Art. 1-4.
  • Capítulo II.- Aparatos a los que se refiere este Reglamento. Art. 5.
  • Capítulo III.- Registro de tipos. Art. 6-8.
  • Capítulo IV.- Fabricantes, instalaciones y usuarios. Art. 9-11.
  • Capítulo V.- Inspecciones y pruebas. Art. 12-20.
  • Capítulo VI.- Autorización de instalaciones y puesta en servicio. Art. 21-23.
  • Capítulo VII.- Responsabilidad, sanciones y recursos. Art. 24-32.
  • Modelo de Ficha Técnica.
  • Real Decreto 1504/1990, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento de Aparatos a Presión.
  • DIRECTIVAS DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS.

  • Real Decreto 473/1988, por el que se dictan Disposiciones de Aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas.

  • Anexo I.- Aprobación CEE de Modelo.
  • Anexo II.- Comprobación CEE.
  • Anexo III.- Criterios mínimos que deberán tener en cuenta los Estados Miembros para la designación de los Organismos de Control encargados de proceder a la comprobación CEE.
  • Anexo IV.- Definiciones.
  • Real Decreto 1495/1991, por el que se dictan las Disposiciones de Aplicación del Consejo de las Comunidades Europeas.

  • Capítulo I.- Ámbito de Aplicación, Comercialización y Libre Circulación. Art.1-5.
  • Capítulo II.- Procedimientos de Certificación. Art.6-12.
  • Capítulo III.- Marcado CEE. Art.13-14.
  • Disposiciones Adicionales y Finales.
  • Anexo I.- Exigencias básicas de seguridad.
  • Anexo II.- Marcado CEE e inscripciones.
  • Anexo III.- Criterios mínimos para la designación de los organismos de control.

  • REAL DECRETO 769/1999, de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE.

  • Artículos 1 al 17.

  • Disposiciones .

  • Anexo I.- Requisitos esenciales de seguridad.

  • Anexo II.- Cuadros de evaluación de la conformidad.

  • Anexo III.- Procedimientos de evaluación de la conformidad.

  • Anexo IV.- Criterios mínimos que deberán cumplirse para la designación de los organismos notificados contemplados en el artículo 12 y de las entidades independientes reconocidas contempladas en el artículo 13.

  • Anexo V.- Marcado CE.

  • Anexo VI.- Declaración de conformidad.

  • INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS.

  • ITC-MIE-AP1: Calderas, Economizadores, Precalentadores, Sobrecalentadores y Recalentadores.

  • ITC-MIE-AP2: Tuberías para Fluidos Relativos a Calderas.

  • ITC-MIE-AP3: Generadores de Aerosoles.

  • ITC-MIE-AP4: Cartuchos de GLP.

  • ITC-MIE-AP6: Refinerías de Petroleos y Plantas Petroquímicas.

  • ITC-MIE-AP7: Botellas y Botellones de Gases Comprimidos. Licuados y Disueltos a presión.

  • Disposición Transitoria y Anexo.

    Norma 1.- Cálculo, construcción y reparación de botellas de acero sin soldadura para gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

    Norma 2.- Cálculo, construcción y recepción de botellas soldadas en acero, para gases comprimidos, licuados y disueltos a presión

    Norma 3.- Acoplamiento de válvulas en botellas y botellones destinados a contener gases industriales, medicinales y sus mezclas.

    Norma 4.- Colores de identificación de gases industriales y medicinales contenidos en botellas.

    Norma 5.- Botellas y masas porosas para acetileno disuelto.

    Norma 6.- Mezcla de gases a presión contenidos en botellas.

    Norma 7.- Inspecciones periódicas a que han de someterse las botellas y botellones destinados a contener gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

    Norma 8.- Cálculo, construcción y reparación de botellas de acero soldadas para cloro.

    Norma 9.-  (Derogada) Instrucciones de seguridad para el almacenamiento, uso y transporte de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

    Norma 10.- Instrucciones de seguridad para el uso y transporte de cloro en botellas de acero.

    Norma 11.- Cálculo, construcción y recepción de botellones de acero para gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

    Norma 12.- Cálculo, construcción y reparación de botellones criogénicos.

    Norma 13.- Válvulas para botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presión.

    Norma 14.- Cálculo construcción y reparación de botellas de aleación de aluminio sin soldadura para gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

  • ITC-MIE-AP9: Recipientes Frigoríficos.

  • ITC-MIE-AP10: Depósitos Criogénicos.

  • ITC-MIE-AP11: Aparatos Destinados a Calentar o Acumular Agua Caliente Fabricados en Serie.

  • ITC-MIE-AP12: Calderas de Agua Caliente.

  • ITC-MIE-AP14: Aparatos para la Preparación Rápida.

  • ITC-MIE-AP15: Instalaciones de gas natural licuado en Depósitos Criógenos a Presión (Plantas Satélites).

  • ITC-MIE-AP16: Centrales Térmicas Generadoras de Energía Eléctrica.

  •  

    Disposiciones Transitorias.

    Capítulo I.- Objeto, Definiciones y Terminología.

    Capítulo II.- Campo de Aplicación.

    Capítulo III.- Proyecto y Fabricación.

    Capítulo IV.- Legalización de Aparatos a Presión.

    Capítulo V.- Inspección y Pruebas de Aparatos a Presión.

    Capítulo VI.- Elementos y Prescripciones de Seguridad.

    Capítulo VII.- Operadores y Usuarios.

     


    Apéndice:

    Reglamento de Recipientes a Presión e Instrucciones Técnicas Complementarias.

    (Artículos y Anexos vigentes del Reglamento de Recipientes a Presión, aprobado por Decreto 2443/1969, de 16 de agosto, y modificado por Decreto 516/1972, de 17 de febrero)

    Apéndice.

    CAPÍTULO II: Artículos 6-14.- Aparatos y Recipientes.

    CAPÍTULO III: Artículos 15-17.- Emplazamiento de Aparatos.

    CAPÍTULO IV: Artículos 18-35.- Elementos de Seguridad.

    Anexo I al VI: Enumeración de los Gases.

    Anexo VII al XI: Seguridad y vigilancia de los generadores de vapor automáticos. Normas de inspección.

    Anexo XII al XIII: Normas para los envases aerosol. Normas para los cartuchos de G.L.P.