8.- MEDIDAS SUPLEMENTARIAS DE SEGURIDAD EN SALAS DE CALDERAS

En salas de calderas ubicadas en semisótano o primer sótano con aparatos alimentados con gases más densos que el aire según el apartado 5.1 se deben adoptar unas medidas suplementarias para mantener unas condiciones de seguridad equivalentes. Estas medidas consisten en la instalación de un equipo de detección que, en caso de fuga de gas, corte el suministro de éste al recinto y un sistema mecánico que garantice una adecuada ventilación.

8.1.- Sistemas de detección y corte

Los equipos de detección de fugas y corte de gas, deben cumplir los requisitos mínimos siguientes:

8.1.1 Sistema de detección. Los detectores deben activarse antes de que se alcance el 50% del límite inferior de explosividad para el gas utilizado y deben ser conformes con las Normas UNE-EN 50194 y UNE-EN 50244

Se deben instalar uno por cada 25 m² de superficie del local, con un mínimo de dos, ubicados en las proximidades de los aparatos alimentados con gas y en zonas donde se presuma pueda acumularse gas.


Se deben instalar a una altura máxima de 0,2 m del suelo y se deben proteger adecuadamente de choques o impactos para gases más densos que el aire y a menos de 0,5 m del techo para gases menos densos que el aire

Los detectores deben activar el sistema de corte y extracción.

8.1.2 Sistema de corte. Debe consistir en una válvula de corte automática del tipo todo o nada instalada en la línea de alimentación de gas a la sala calderas y ubicada en el exterior del recinto. En el en de que esto último no fuera posible, la válvula se debe situar próxima la entrada de la conducción de gas a la sala. Debe ser del tipo normalmente cerrada de forma que ante una falta de energía auxiliar de accionamiento se interrumpa el suministro de gas.


La reposición del suministro debe ser manual, bien actuando sobre el equipo de detección o sobre la propia válvula.

8.2.- Sistema de extracción de aire

Para garantizar en todo momento una extracción de aire en el recinto, se debe disponer de un equipo mecánico que cumpla los siguientes requisitos:

8.2.1 Equipo de extracción. Debe estar compuesto de un extractor de aire tipo centrífugo instalado en el exterior del recinto. El conjunto carcasa-rodete debe estar fabricado con materiales que no produzcan chispas mecánicas y debe estar accionado por un motor eléctrico externo al conjunto, con envolvente IP-33 según UNE 20324. No es preciso que el extractor sea antideflagrante ya que no es zona clasificada.

En el caso que el extractor  no pueda instalarse en el exterior del local, puede ser ubicado en el interior lo más próximo al punto de penetración del conducto de extracción en la sala de calderas.

8.2.2.. Conductos de extracción. El extractor debe ser conectado a una red de conductos con bocas de aspiración dispuestas en las proximidades de los posibles puntos de fuga de gas coincidiendo, por lo general con la situación de los detectores. La altura de las mencionadas bocas, debe ser la misma que la indicada para los detectores en el apartado 8.1.


El número mínimo de bocas de aspiración debe ser igual al número de detectores.

8.2.3 Caudal de extracción. El caudal de extracción mínimo, expresado en m³/h. se calcula mediante la expresión:


Q= 1O x A


donde:

A es la superficie en planta de la sala de calderas, expresada en m²;

Q es el caudal de aire en m³/h.

En todos los casos debe garantizarse un caudal de 100 m³/h.

8.2.4 Funcionamiento del sistema. El conjunto de extracción debe funcionar cuando el equipo de detección esté activado y permanecerá en funcionamiento hasta que se restablezcan las condiciones normales de operación.

El sistema de detección, corte y extracción debe ser sometido a pruebas periódicas para comprobar su correcto funcionamiento al menos una vez cada 6 meses.