Primero.- La presente Instrucción Técnica Complementaria incluye las especificaciones que deberán exigirse a los aparatos para la preparación rápida de café equipados con quemadores atmosféricos, susceptibles de funcionar con cualquiera de las tres familias de gases combustibles definidos en la norma UNE 60-002-73, sin perjuicio de lo dispuesto en la Instrucción Complementaria MIE-AP14 del Reglamento de Aparatos a Presión.

    Segundo.- Los aparatos incluidos en la presente Instrucción Técnica Complementaria, cumplirán las prescripciones y especificaciones del Anexo y se someterán para su homologación a las pruebas y ensayos del mismo.

    Tercero.- Cuando se trate de homologar familias de aparatos de la misma categoría, y cuyos modelos presenten diseños análogos de modo que puedan considerarse integrantes de una serie, se podrá tomar como elemento de ensayo el modelo o modelos base más representativo/s de la serie, pasando a ser el resto de aparatos variantes de dichos modelo/s base.

    Podrán eximirse de ensayo aquellas variantes cuyos elementos puedan considerarse representadas plenamente en el modelo elegido como base.

    Cuarto.- Los aparatos para la preparación rápida de café a que hace referencia esta Instrucción Técnica Complementaria, llevarán una placa de características, metálica, atornillada o remachada, que cumplirá las prescripciones de la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AG 9 con los datos de la parte de gas complementarios de los indicados en la Instrucción MIE-AP14, según modelo adjunto.

    Quinto.- Los aparatos incluidos en esta Instrucción Técnica Complementaria, deberán acompañarse de la ficha de instalación/conservación que se menciona en el apartado 2.3 de la Instrucción MIE-AP14, completada con los datos de la parte de gas, según modelo adjunto.

    La ficha de instalación/conservación, debidamente cumplimentada, acompañará a los aparatos para la preparación rápida de café durante toda su vida útil, garantizando a la Administración y al Usuario que la Instalación y Conservación de las mismas se han realizado en los períodos adecuados y determinados en el Libro de Instrucciones.

    Constará de dos partes; en la primera se indicarán los datos del Fabricante o Importador y los de la Instalación y en la segunda las Inspecciones de Conservación efectuadas.

    La primera parte, de la que existirán cinco ejemplares, se cumplimentará inicialmente por el Fabricante o Importador en el apartado correspondiente y posteriormente por la Entidad o persona autorizada a realizar la instalación y puesta en marcha.

    La distribución de estos ejemplares, se realizará como sigue:

    a) Ejemplar A.- Quedará en poder del Fabricante o Importador.

    b) Ejemplar B.- Quedará en poder del Órgano Territorial competente.

    c) Ejemplar C.- Una vez sellado por el Órgano Territorial competente, se remitirá al Fabricante o Importador.

    d) Ejemplar D.- Quedará en poder de la Entidad o persona autorizada a realizar la puesta en marcha.

    e) Ejemplar E.- Quedará en poder del usuario del aparato.

    La segunda parte, que constará de un ejemplar, quedará en poder del usuario y a disposición de la Administración. Estará unida, formando un todo, a la indicada en el apartado e) del párrafo anterior. En el supuesto de que en el ejemplar citado en el apartado c) el Fabricante o Importador observaran correcciones, modificaciones o irregularidades, que no se ajustaran a lo indicado en el ejemplar que obra en su poder, lo comunicarán al Órgano Territorial competente, que procederá en consecuencia.

    Sexto.- Las homologaciones que se concedan de acuerdo con esta Instrucción Técnica Complementaria se someterán al control y seguimiento de la producción previstos en el artículo 10 del Reglamento de Aparatos que utilizan gas como combustible, con una periodicidad de tres años como máximo.

    Séptimo.- El modelo base sometido a ensayos totales, así como las variantes sometidas a ensayos parciales, serán precintados por el laboratorio acreditado y quedará en poder del fabricante o del importador, a efectos de posteriores comprobaciones por parte de los organismos competentes.

    Octavo.- Esta Instrucción Técnica Complementaria entrará en vigor simultáneamente con el Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible, y a partir de ese momento no se podrá fabricar o importar ningún aparato que no se ajuste a las prescripciones contenidas en el Reglamento y la presente Instrucción Técnica Complementaria, con la excepción que se cita en el punto noveno.

    Noveno.- Los aparatos correspondientes a tipos aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Instrucción Técnica Complementaria, se podrán seguir fabricando, importando, comercializando e instalando solamente durante un año a partir de dicha fecha.

     

ANEXO

ESPECIFICACIONES, PRUEBAS Y ENSAYOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS «APARATOS PARA LA PREPARACIÓN RÁPIDA DE CAFÉ»

    Este anexo comprende las especificaciones concernientes al diseño, construcción, pruebas y utilización de los «APARATOS PARA LA PREPARACIÓN RÁPIDA DE CAFÉ», compuestos por calderín, elementos auxiliares y de seguridad y sistemas de calentamiento

    1.-CLASIFICACIÓN DE LOS APARATOS PARA LA PREPARACIÓN RÁPIDA DE CAFÉ:

    A los efectos de este anexo, los «aparatos para la preparación. rápida de café», a los que se hace referencia, se clasifican en función de:

    a) el número de grupos:

    - de un grupo

    - de dos grupos

    - de tres grupos

    - de cuatro grupos o más

    b) el sistema de erogación de café:

    - palanca-erogación continua

    - erogación automática

    - mixta (con grupos de los precedentes combinados)

    c) el elemento calefactor:

    - a gas

    - eléctricas y gas (mixtas)

    d) los gases que puedan utilizar, según el cuadro siguiente:.

Categoría I

Categoría I2

Aparatos que utilizan solamente los gases de la segunda familia (gases naturales)

Categoría I3

Aparatos que utilizan solamente los gases de la tercera familia (butano y propano).

Categoría II

Categoría II12

Aparatos susceptibles de utilizar los gases de la primera y segunda familia (gases manufacturados - gas natural).

Categoría II23

Aparatos susceptibles de utilizar los gases de la segunda y tercera familia (gas natural butano y propano).

Categoría III

Categoría III

Aparatos susceptibles de utilizar los gases de las tres familias (aparatos funcionando con todos los gases; gases manufacturados - gas natural-butano y propano)-(aparatos multigás).

 

    2.-DEFINICIONES:

    A efectos de este anexo se adoptarán las definiciones siguientes: Aparato para la preparación rápida de café: Es todo aparato provisto de un calderín que contiene agua y vapor, en donde el calor procedente de cualquier fuente de energía es utilizado para hacer erogación de café (extracción de agua y vapor).

    Calderín: Recipiente a presión que contiene agua y vapor, con o sin intercambiador de calor interior.

    Conservador - Reparador: Es la persona o entidad que, debidamente autorizada por el fabricante nacional o importador, efectúa el mantenimiento, reparación y conservación del aparato para la preparación rápida de café y sus elementos auxiliares y que figura inscrito en el Registro correspondiente del Órgano Territorial competente de la Administración pública.

    Erogación: Es el efecto de pasar agua a presión y alta temperatura, a través de una cantidad de café molturado, para extraer de éste su parte más soluble y en estas condiciones obtener una bebida aromática.

    Grupo erogador: Elemento mediante el cual se obtiene la erogación del café. Se clasifican según su sistema y su operatividad.

    a) En función de su sistema pueden ser

    1.- grupo erogador de palanca: Es aquel en que la presión de agua necesaria para la erogación del café, se obtiene por la compresión de un resorte accionado manualmente por medio de una palanca.

    2.- grupo erogación continua: Es aquel en que la presión de agua necesaria para la erogación del café, es generada por una presión exterior al grupo.

    3.- grupo erogador hidráulico: Es aquel que por medio de una presión de agua exterior, multiplicada diferencialmente por dos pistones, genera la presión suficiente para la erogación del café.

    4.- grupo erogador de reserva: Es aquel que eroga café en grandes cantidades y que lo mantiene en condiciones óptimas hasta su utilización posterior.

    b) En función de su operatividad, pueden ser:

    1.- grupo erogador semiautomático: Es aquel cuya dosificación de agua, requiere la intervención del usuario para el inicio y final del ciclo.

    2.- grupo erogador automático: Es aquel que previamente seleccionada la dosificación del agua por parte del usuario, sólo requiere de éste el inicio del ciclo.

    Intercambiador: Es todo recipiente en el cua1 el agua procedente del circuito hidráulico, independiente del calderín y que procede de la red, se calienta por intercambio térmico del calor que se genera en el calderín.

    Titular: Es la persona o entidad a cuyo nombre está inscrito el aparato y que normalmente será la responsable de su funcionamiento, salvo que se haya delegado esta responsabilidad en otra persona o Entidad mediante documento suscrito por las partes.

    Usuario: Es la persona o entidad encargada, por delegación del titular, del funcionamiento del aparato para la preparación rápida del café y sus elementos auxiliares. Puede coincidir, aunque no necesariamente, con el titular.

     

    3.-CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS:

    3.1.- Materiales y forma constructiva:

    La calidad y espesor de los materiales utilizados en la construcción de los aparatos para la preparación rápida de café y el montaje de los diversos elementos, deben ser tales que las características de construcción y de funcionamiento no sean modificadas de forma importante para una duración de vida razonable y en condiciones normales de instalación y empleo.

    Particularmente, todas las partes de dichos aparatos, instalados siguiendo las instrucciones del fabricante nacional y/o importador, deben resistir las acciones mecánicas, químicas y térmicas a las que pueden estar sometidas durante el funcionamiento normal.

    3.2.- Facilidad de empleo y mantenimiento:

    Las indicaciones destinadas al usuario deben ser fácilmente accesibles, claras e indelebles.

    Las piezas que tienen que ser verificadas o desmontadas para el mantenimiento, deben ser fácilmente accesibles.

    Las partes desmontables deben estar concebidas o marcadas de forma que no puedan volver a montarse de forma incorrecta.

    El quemador y las partes en contacto con los productos de la combustión deben poder ser limpiados fácilmente por medios mecánicos o químicos, según las instrucciones del fabricante, sin que sea necesario separar el aparato de las conducciones de agua y de gas, y sin tener que utilizar herramientas especiales.

    3.3.- Estanquidad.

    El circuito de gas, así como el de agua, serán estancos.

    Los orificios para tornillos, pasadores de fijación, etc. destinados al montaje de las piezas, no deben desembocar en los espacios reservados al paso de gas. Además, el agua no debe poder penetrar en el circuito gas.

    3.4.- Seguridad de funcionamiento en caso de energía auxiliar

    Cuando el aparato para la preparación rápida de café utilice una energía auxiliar, (electricidad, etc.) su concepción tiene que ser tal, que no pueda surgir ninguna situación peligrosa en caso de falta de esta energía auxiliar o después de su restablecimiento.

    3.5.- Grifería de gas:

    Los aparatos para la preparación rápida de café podrán llevar un órgano de mando del consumo de gas, que permita al usuario interrumpir la llegada del gas al quemador.

    Si el aparato no lo lleva, debe indicarse en las instrucciones la necesidad de incorporar dicho mando en la instalación, muy próximo al aparato y fácilmente accesible.

    3.6.- Regulador de presión de gas:

    Será obligado el uso de un regulador de presión en todos aquellos aparatos que utilicen gases de la primera familia. Será opcional si el gas utilizado es de la segunda familia y no lo llevara o su acción deberá ser anulada, para los gases de la tercera familia.

    3.7.- Dispositivos de control de llama:

    Todos los aparatos para la preparación rápida de café, deben estar dotados de un dispositivo de control de llama que bloquee la llegada del gas al quemador principal. Este bloqueo no puede ser anulado, más que mediante una intervención manual.

    3.8.- Quemadores.

    La sección del quemador en que se forma la llama, debe ser invariable. Cada inyector y orificio calibrado desmontable, debe llevar un medio indeleble de identificación que impida toda confusión; en todo caso, el diámetro deberá expresarse con preferencia en centésimas de milímetro. El cambio de inyectores y de orificios calibrados debe poder hacerse sin necesidad de desconectar el aparato.

    Los quemadores deben ser accesibles sin necesitar un desmontaje importante del aparato.

    Cuando son desmontables, su posición debe estar bien determinada y su fijación debe ser tal que sea imposible colocarlos en una posición incorrecta.

    3.9.- Visibilidad de las llamas:

    El encendido y el funcionamiento correcto del quemador, siempre deben ser visibles desde el exterior.

    3.10.- Tomas de presión:

    Los aparatos para la preparación rápida de café estarán dotados de, por lo menos, un orificio de toma de presión. Debe estar situado antes del inyector, detrás del último órgano susceptible de variar el consumo de gas, y en un lugar adecuado para facilitar la medición. Su diámetro interior será menor o igual a un milímetro y su diámetro exterior igual a 5 ± 0,2 mm.

    3.11.- Conexiones:

    Para efectuar la conexión con la instalación receptora de gas, los aparatos para la preparación rápida de café dispondrán en el extremo del tubo de alimentación, una rosca cilíndrica exterior según norma UNE 19.009-73.

    La extremidad del tubo deberá presentar una superficie anular plana, que permita la interposición de una junta de estanquidad.

    La conexión será rígida cuando el aparato quede inmovilizado.

    La conexión podrá realizarse mediante tubo flexible con armadura y conexión mecánica según norma UNE 60.712-78, cuando el aparato pueda o deba desplazarse. En este último caso, si la solución anterior no es posible, por las propias características de la instalación receptora, se podrá conectar el aparato mediante tuvo flexible normalizado, a través de una boquilla como las que se indican en la figura n.° 1, en función del tipo de gas a utilizar.

    La situación del tubo de conexión deberá permitir el libre despliegue de los tubos flexibles de conexión, evitando además que puedan quedar en contacto con partes calientes del aparato.

     

    4.-CARACTERÍSTICAS DE FUNCIONAMIENTO:

    4.1.- Estanquidad del circuito gas:

    En las condiciones de ensayo definidas en el punto 5.1, la fuga total en el circuito gas no debe ser superior a 0,14 l/h medida en las condiciones de referencia.

    4.2.- Estanquidad del circuito agua:

    En las condiciones de ensayo definidas en el punto 5 .2, no deben detectarse fugas de agua.

    4.3. Comprobación del gasto calorífico nominal:

    En las condiciones de ensayo definidas en el punto 5.3, el gasto calorífico obtenido a la presión nominal no diferirá en ± 5% del gasto calorífico nominal indicado por el fabricante.

    4.4.- Encendido:

    Estabilidad de la llama:

    En las condiciones de ensayo definidas en el punto 5.4 y en atmósfera en calma, el encendido debe poder ser asegurado de forma correcta y rápida. Las llamas deben ser estables y no provocar ningún ruido molesto.

    4.5.- Dispositivo de control de llama:

    En las condiciones de ensayo definidas en el punto 5.5, el tiempo de respuesta al encendido no debe exceder de 20 segundos. Sin embargo, este tiempo límite puede ser aumentado a 60 segundos, si durante el mismo no es requerida intervención manual alguna del usuario. El tiempo de inercia al apagado no debe exceder de 60 segundos.

    4.6 .- Regulador de presión de gas:

    En las condiciones de ensayo definidas en el punto 5.6, el consumo de un aparato dotado de un regulador de presión de gas, no debe desviarse en + 7,5% ni en -10% para los gases de la primera familia, y en ± 5% para los de la segunda familia, del consumo obtenido con la presión de reglaje definida en el punto 5.6 cuando la presión de entrada varía entre los límites mínimo y máximo.

    4.7.- Combustión:

    En las condiciones de ensayo definidas en el punto 5.7 el contenido de CO en los productos de la combustión exentos de aire y de vapor de agua, no debe sobrepasar al 0,1% en volumen, cuando el aparato para la preparación rápida de café es alimentado con cada uno de los tres gases de referencia en las condiciones normales de ensayo, a las presiones nominal, mínima y máxima. De otra parte, el índice de combustión higiénica CO/CO2 no debe sobrepasar el valor de 0,01.

     

    5.-TÉCNICAS DE ENSAYO.

    5.1.- Estanquidad del circuito gas:

    Los ensayos se hará a temperatura ambiente, con aire a la presión de 150 mbar a la entrada, del aparato.

    Todas las llaves y obturadores del aparellaje auxiliar estarán abiertos como si el aparato estuviese funcionando, y se tapará el distribuidor de gas inmediatamente antes de los orificios de los inyectores.

    Para la determinación de la fuga se utilizará un método volumétrico, que permita la medición directa de la fuga y cuya presión sea tal, que el error cometido en la evaluación de la misma, no exceda de 0,01 dm 3 /h.

    Estos ensayos serán efectuados, por una parte, cuando se suministre el aparato y por otra parte, después de la realización de todos los ensayos, habiendo desmontado y vuelto a montar una vez, todo órgano situado en el circuito de gas y cuyo desmontaje esté previsto en las instrucciones de uso del fabricante

    5.2.- Estanquidad del circuito de agua:

    El ensayo se realizará en condiciones ambiente con una bomba hidráulica, a la presión de proyecto indicada por el fabricante o el importador.

    5.3.- Comprobación del gasto calorífico nominal:

    Con el aparato alimentado a la presión nominal de ensayo, se verifica un consumo para cada gas de referencia, según la categoría del aparato.

    La medida se realiza con el aparato a régimen de temperatura y con todos los quemadores y la llama piloto, si existe, en funcionamiento.

    El Gasto Calorífico Nominal, GN, indicado por el fabricante, será comprobado en el laboratorio de ensayos, a partir del consumo, ya sea en volumen (V(st)) o en masa (M(st)) del gas de referencia, así como del Poder Calorífico Superior (PCS) del mismo gas, expresados ambos en las mismas condiciones de referencia (Gas seco a 15 °C y 1013 mbar), mediante el empleo de una de las dos expresiones siguientes:

*G (kW) = 0,263 V(st) PCS

o bien

*G (kW) = 0,278 M(st) PCS

en donde:

    G =Gasto Calorífico calculado teóricamente, expresado en kW y obtenido en condiciones de referencia.

    V(st) = Consumo volumétrico del gas de referencia calculado teóricamente, expresado en m3(st)/h y obtenido en las condiciones de referencia

    M(st) = Consumo en masa del gas de referencia, calculado teóricamente, expresado en kg/h y obtenido en las condiciones de referencia.

    PCS = Poder Calorífico Superior del gas de referencia, expresado en MJ/m3 (n) o en MJ/kg, referido al gas seco y en condiciones normales de presión y temperatura (273 k y 1013 mbar).

    En la práctica, los ensayos no se realizan con el gas de referencia ni en las condiciones de referencia, por cuya razón, los consumos reales, ya sea en volumen V o en masa M, obtenidos en el laboratorio, deben ser corregidos, para obtener los valores teóricos que corresponderían al consumo en volumen V(st) o en masa M(st), del gas de referencia en las condiciones de referencia.

    Para estas correcciones, se emplearán las mismas fórmulas que rigen el comportamiento de los gases perfectos, por ser las presiones de trabajo lo suficientemente pequeñas como para considerar que el gas se comporta como «ideal».

    Corrección del Volumen V

    Corrección de la Masa M

    o bien simplificando, también se puede obtener M(st) a partir de V(st), por la siguiente fórmula:

en donde:

    V = Consumo volumétrico del gas de ensayo (leído en contador, obtenido en las condiciones de ensayo [tg y (pa + p)], expresado en m3(st)/h.

    M = Consumo en masa del gas de ensayo, (leído en balanza), obtenido en las condiciones de ensayo [tg y (pa + p)], expresado en kg/h.

    d = Densidad relativa del gas de ensayo. (Seco).

    dr = Densidad relativa del gas de referencia (Seco).

    Pa = Presión atmosférica expresada en mbar.

    P = Sobrepresión del gas de ensayo, medida en el contador, expresada en mbar.

    tg = Temperatura del gas de ensayo, medida en el contador, expresada en °C.

    Si se utiliza un contador húmedo, debe tenerse en cuenta el contenido de vapor de agua en el gas. Conviene asegurarse, en este caso, que el gas esté saturado, antes de entrar en el contador.

    Finalmente, el Gasto Calorífico G obtenido en el laboratorio, se compara con el Gasto Calorífico Nominal GN indicado por el fabricante y su valor no debe variar en ± 5% del indicado.

    Si se desea, también se puede comparar, a partir de las fórmulas anteriores, los consumos nominales en masa MN, o en volumen VN, indicados por el fabricante o bien obtenidos teóricamente, partir de Gasto Calorífico Nominal, con los consumos V(st) o M(st) obtenidos durante los ensayos de laboratorio y estos a su vez, no deben variar en ± 5% de los valores nominales.

    5.4.- Encendido-estabilidad de la llama:

    Estos ensayos serán efectuados dos veces, una vez en el calderín del aparato para la preparación rápida de café, en frío, y otra a régimen de temperatura.

    El quemador, provisto de los inyectores apropiados, será alimentado sucesivamente con cada uno de los gases correspondientes a su categoría, y bajo la presión nominal de ensayo, de manera que se obtenga la potencia nominal.

    Se realiza a continuación el ensayo siguiente, sin modificar el reglaje del quemador:

    - Si el aparato para la preparación rápida de café no lleva regulador de presión, la presión a la entrada del aparato se disminuirá a un valor igual al 70% de la presión normal para los gases de la segunda familia, y a la presión mínima para los gases de la tercera familia.

    - Si el aparato incorpora un regulador de presión, la presión de entrada se disminuirá análogamente a un valor igual al 70% de la presión normal. Pero, si es necesario, la presión después del regulador será reducida al valor correspondiente al 92,5% de la potencia nominal para los gases de la primera familia o al 95% para los gases de la segunda familia.

    En estas condiciones de alimentación, se verifica que la estabilidad de la llama es correcta y que el encendido de las diversas partes del quemador, se efectúe correctamente y sin ruido molesto.

    Este ensayo se repetirá con la potencia mínima dada por la regulación, si el encendido es posible en estas condiciones en el uso normal, según las instrucciones de uso del fabricante.

    5.5.- Dispositivo de control de llama:

    El aparato para la preparación rápida de café se pone fuera de servicio, hasta que se haya enfriado a temperatura ambiente.

    El ensayo se hará con el o los gases de referencia correspondientes a la categoría del aparato. Se acciona el dispositivo de mando de la llegada de gas al quemador, después de un tiempo igual al límite fijado en el punto 4.5 si funciona el quemador.

    A continuación se deja en funcionamiento el quemador, a la potencia nominal, durante 10 minutos por lo menos. El tiempo de inercia del apagado se mide entre el instante en que ha apagado intencionadamente el quemador, cortando la admisión de gas y el momento en el que esta admisión, habiendo sido restablecida inmediatamente, cesa por acción del dispositivo de seguridad.

    El contador de gas o cualquier otro dispositivo apropiado, puede ser utilizado para detectar el cierre de la válvula del dispositivo de seguridad.

    5.6.- Regulador de presión de gas:

    Cuando el aparato de preparación rápida de café esté dotado de un regulador de presión de gas, se hace eventualmente un prerreglaje de modo que se obtenga el consumo volumétrico equivalente a la potencia nominal, con el gas de referencia a su presión nominal.

    Conservando el prerreglaje inicial, se hace variar la presión de alimentación entre los valores mínimo y máximo correspondientes.

    En estas condiciones debe cumplirse lo especificado en el punto 4.6.

    Además, este ensayo se hará para todos los gases de referencia para los que la función del regulador de presión no esté anulada.

    5.7.-Combustión:

    El aparato se regula a su Gasto Calorífico Nominal y cuando esté en régimen de temperatura, se efectuará una toma de muestras de los productos de la combustión.

    El monóxido de carbono, CO, se medirá por medio de un aparato que permita la determinación del contenido en CO con una sensibilidad comprendida entre 5 10-5 y 100 -10-5 en volumen.

    En este campo de utilización el método debe ser selectivo en ± 5 10-5 de CO en volumen y preciso en ± 2 10-5 en volumen.

    Los aparatos de medida que responden actualmente a estas prescripciones son los de absorción de rayos infrarrojos. Hay que tomar la precaución de eliminar antes el CO2 parásito, y tomar la muestra seca.

    El dióxido de carbono, CO2, se medirá por medio de un método que permita hacer la medida con un error relativo inferior al 5%. Se recomienda el empleo de aparatos de infrarrojos. Los ensayos se realizarán con todos los gases de referencia para los que esté previsto el aparato de preparación rápida de café y a las 3 presiones, mínima, nominal y máxima.

    Para corregir los productos de la combustión a secos y exentos de aire, se procederá como sigue: