ANEXO
III
NORMA TÉCNICA
DE LA INFRAESTRUCTURA COMÚN DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO
A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE BANDA ANCHA
1.- OBJETO
El objeto de esta
norma técnica es establecer las características técnicas
mínimas que deberá cumplir la infraestructura común
de telecomunicaciones (ICT) destinada a proporcionar el acceso a los servicios
de telecomunicaciones de banda ancha prestados por operadores de redes
de telecomunicaciones por cable, operadores del servicio de acceso fijo
inalámbrico (SAFI) y otros titulares de licencias individuales
que habiliten para el establecimiento y explotación de redes públicas
de telecomunicaciones.
Esta norma deberá ser utilizada de manera conjunta con las especificaciones
técnicas mínimas de las edificaciones en materia de telecomunicaciones
(anexo IV de este reglamento), o con la Norma técnica básica
de la edificación en materia de telecomunicaciones que las incluyan,
que establecen los requisitos que deben cumplir las canalizaciones, recintos
y elementos complementarios destinados a albergar la infraestructura común
de telecomunicaciones.
Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información
en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos
relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto
en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de
junio de 1998, modificada por la Directiva 98/48/CE, de 20 de julio de
1998, así como en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, que
incorpora estas directivas al ordenamiento jurídico español.
2.- DEFINICIÓN
DE LA RED
La red interior del edificio es el conjunto de cables, elementos de
conexión y demás equipos activos o pasivos que es necesario
instalar para poder conseguir el enlace entre las tomas de los usuarios
y la red exterior de alimentación de los diferentes operadores
del servicio.
Se divide en los siguientes tramos:
2.1.- RED DE
ALIMENTACIÓN
En función del método de enlace utilizado por los operadores
entre sus centrales, estaciones base o cabeceras y el inmueble:
a) Cuando
el enlace se produce mediante cable: es la parte de la red formada por
los cables que enlazan las centrales con el inmueble, quedando disponibles
para el servicio en el punto de interconexión, o distribución
final, de aquél. Se introduce en la ICT del inmueble a través
de la arqueta de entrada y de la canalización externa hasta el
registro de enlace, donde se encuentra el punto de entrada general,
y de donde parte la canalización de enlace, hasta llegar al registro
principal situado en el recinto de instalación de telecomunicación
inferior (RITI), donde se encuentra el punto de interconexión
o distribución final.
b) Cuando el enlace se produce por medios radioeléctricos:
es la parte de la red formada por los elementos de captación
de las señales emitidas por las estaciones base o cabeceras de
los operadores, equipos de recepción y procesado de dichas señales
y cables necesarios para dejarlas disponibles para el servicio en el
punto de interconexión, o distribución final, del inmueble.
Los elementos de captación irán situados en la cubierta
del inmueble introduciéndose en la ICT del edificio a través
del correspondiente elemento pasamuros y la canalización de enlace
hasta el recinto de instalación de telecomunicaciones superior
(RITS), donde irán instalados los equipos que fueran necesarios
de recepción y procesado de las señales captadas. A partir
de este punto, se podrá optar por establecer el registro principal
en el RITS o, en el caso de que se desee utilizar la red de telefonía
de la ICT, trasladar las señales captadas y procesadas a través
de la canalización principal hasta el RITI y establecer allí
el registro principal.
El diseño
y dimensionado de la red de alimentación, así como su realización,
serán responsabilidad de los operadores del servicio.
2.2.- RED DE DISTRIBUCIÓN
Es la parte de la
red formada por los cables y demás elementos que prolongan la red
de alimentación para poder dar el servicio a cada posible usuario.
Comienza en el registro principal situado en alguno de los recintos de
instalaciones de telecomunicación del inmueble y, a través
de las canalizaciones principal, secundaria e interior de usuario, y apoyándose
en los registros secundarios y de terminación de red, llega hasta
los registros de toma donde irán situadas las tomas de los usuarios.
El diseño y dimensionado de la red de distribución, así
como su realización, serán responsabilidad de los operadores
del servicio.
2.3.- ELEMENTOS
DE CONEXIÓN
Son los utilizados como puntos de unión o terminación
de los tramos de red definidos anteriormente.
a) Punto de
distribución final (interconexión)
Es el punto de interconexión que realiza la unión entre
las redes de alimentación de los operadores del servicio y la
de distribución de la ICT del inmueble. Se encuentra situado
en los distribuidores colocados en los diferentes registros principales,
independientes para cada operador del servicio, donde finalizan las
redes de alimentación y de donde parten los cables de las redes
de distribución.
b) Punto de terminación de red (punto de acceso al usuario)
Uno de los tres puntos citados a continuación será considerado
punto de terminación de red de los servicios de difusión
de televisión, de vídeo a la carta, vídeo bajo
demanda o de los servicios prestados mediante acceso fijo inalámbrico.
De estos puntos, será considerado punto de terminación
de red, en cada caso, aquel que quede definido como tal en las condiciones
contractuales entre el operador y el usuario. En todo caso, deberá
cumplir lo establecido en esta norma y estará situado en los
registros de terminación de red. A los efectos de definir el
punto de terminación de red, se tendrá en cuenta que en
una red de cable se entiende por módulo de abonado para el acceso
a los servicios el equipamiento situado en las dependencias del usuario
que permite a éste seleccionar y acceder a los servicios de difusión
de televisión, a los servicios de vídeo bajo demanda y
de vídeo a la carta, a los servicios multimedia interactivos
o a otros servicios de comunicación de sonido, imágenes
y datos. Este módulo puede incluir o no prestaciones de carácter
interactivo, e incluir o no un sistema de acceso condicional. En una
red de acceso fijo inalámbrico, el modulo de terminación
de usuario permite a éste acceder mediante sus propios equipos
a los servicios prestados por el operador de SAFI, o conectar sus redes
privadas para acceder a dichos servicios.
1º) Punto de conexión de servicios: es el punto
al que se conecta el equipamiento destinado a la presentación
de las señales transmitidas al usuario de los servicios de
difusión de televisión, de vídeo bajo demanda,
de vídeo a la carta y de los servicios multimedia interactivos,
así como el equipamiento de usuario para el acceso y uso de
los servicios ofrecidos por los operadores de SAFI. Estará
ubicado en el interior de cada domicilio de usuario, caso de existir
módulo de abonado a la salida de éste, y permitirá
la delimitación de responsabilidades en cuanto a la generación,
localización y reparación de averías.
2º) Toma de usuario: es el punto al que se conecta el
módulo de abonado. En caso de no existir este último,
la toma de usuario coincidirá con el punto de conexión
de servicios.
3º) Punto de conexión de una red privada de usuario:
es el punto al que se conecta la red de distribución de un
inmueble en el caso de que ésta no sea propiedad del operador
de cable ni del operador que suministre a este último la infraestructura
de la red.
3.- DISEÑO
Y DIMENSIONAMIENTO MÍNIMO DE LA RED
Toda la instalación
de la red interior en un inmueble, objeto de esta norma, para su conexión
a la red general deberá ser diseñada y descrita en el apartado
correspondiente del proyecto técnico de la ICT.
La infraestructura común para el acceso a los servicios de telecomunicaciones
por cable o de SAFI podrá no incluir inicialmente el cableado de
la red de distribución. Caso de incluirlo, en su diseño
y dimensionado se tendrá en cuenta que desde el repartidor de cada
operador, situado en el registro principal, deberá partir un cable
para cada usuario que desee acceder a los servicios facilitados por dicho
operador (distribución en estrella). Los diferentes operadores
deberán dotar sus registros principales con los dispositivos de
seguridad necesarios para evitar manipulaciones no autorizadas de aquellos.
En cuanto al número de tomas de usuario se tendrá en cuenta
lo siguiente:
a) Para
el caso de viviendas, el número de tomas será de una por
cada dos estancias o fracción, excluidos baños y trasteros,
con un mínimo de dos.
b) Para el caso de locales u oficinas, en edificios de viviendas,
cuando no esté definida la distribución y ocupación
o actividad de la superficie destinada a ellas, se equipará como
mínimo una por local u oficina.
c) En el caso de edificios destinados fundamentalmente a locales
u oficinas, cuando no esté definida la distribución y
ocupación o actividad de la superficie, se utilizará como
base de diseño la consideración de una toma por cada 100
m2 o fracción.
4.- REQUISITOS
TÉCNICOS
A) ICT
para el acceso a los servicios de telecomunicaciones por cable.
Las características de la red y del punto de terminación
de red deberán cumplir con los requisitos esenciales de la Directiva
de compatibilidad electromagnética (Directiva 89/336/CEE), y
podrán utilizarse, entre otras, las normas armonizadas que se
indican como presunción de conformidad del cumplimiento de los
requisitos en ellas incluidos.
1º) Características de la red
El cableado y demás elementos que conformen la parte de la red
de distribución final que discurre por el interior del edificio
(ICT, para el acceso a los servicios de telecomunicaciones por cable)
ha de constituir un sistema totalmente transparente al tipo de modulación
en toda la banda de frecuencias y en ambos sentidos de transmisión,
que permita transmitir o distribuir cualquier tipo de señal y
optimizar la interoperatividad y la interconectividad.
Cuando exista deberá cumplir los siguientes requisitos, considerados
mínimos:
a) Bandas
de frecuencias en las que deberá ser operativa:
Banda de distribución de frecuencias: 86-862 MHz
Banda de radiodifusión sonora en FM: 87'5-108 MHz
Banda reservada a TV digital: 606-862 MHz
Banda de retorno: 5-65 MHz
b) Cable coaxial empleado: según norma UNE 50117-1.
2º) Especificaciones
del punto de terminación de red
Los puntos de terminación
de red o tomas de usuario para los servicios de difusión de televisión
analógica o digital, vídeo bajo demanda y vídeo
a la carta, caso de existir, deberán satisfacer los requisitos
indicados, y podrán utilizarse las normas que se indican como
presunción de conformidad del cumplimiento de los requisitos
en ellas incluidos:
a) Características
físicas:
Según norma UNE 20523-7, 9
Toma blindada según norma UNE-EN 50083-2
b) Características eléctricas:
Impedancia: 75 Ohm
Banda de frecuencia: 86 - 862 MHz
Banda de retorno 5 - 65 MHz
Pérdidas de retorno TV (40-862 MHz): ³ 14dB -1'5dB/Octava
y en todo caso ³ 10 dB.
Pérdidas de retorno radiodifusión sonora FM: ³
10 dB.
3º) Características
de la señal de televisión analógica en el punto
de terminación de red
La red de cable, en su conjunto, deberá estar realizada de manera
tal que las señales de televisión analógica presenten
en el punto de terminación de red las siguientes características:
a) Nivel de señal de televisión: 62-82 dBmV
b) Nivel de señal de radiodifusión sonora en FM:
Señal
monofónica: 40-70 dBmV
Señal estereofónica: 50-70 dBmV
c) Relación
portadora/ruido:
Señal
de televisión (AM-BLV): ³ 44 dB
Señal de radiodifusión sonora FM monofónica:
³ 38 dB
Señal de radiodifusión sonora FM estereofónica:
³ 48 dB
d) Diferencia
de nivel entre canales: £ 12 dB
e) Relaciones de interferencia en canal de televisión:
Interferencia
a frecuencia simple: ³ 57 dB
Producto intermodulación canal simple: ³ 54 dB
Producto intermodulación a frecuencia múltiple: ³
52dB
f) Aislamiento
entre tomas de usuario distinto: ³ 36 dB
g) Rechazo del zumbido de red: ³ 46 dB
h) Respuesta amplitud/frecuencia:
Dentro del canal:
± 2 dB
En un margen de 0,5 MHz: ± 0,5 dB
i) Características
de vídeo:
Ganancia diferencial:
£ 10 %
Fase diferencial: £ 10 o
B) ICT para
servicios de acceso fijo inalámbrico
1º) Características de la red
El cableado y demás elementos que conformen la parte de la red
de distribución final que discurre por el interior del edificio
(ICT, para el acceso a los SAFI) ha de constituir un sistema totalmente
transparente al tipo de modulación en toda la banda de frecuencias
y en ambos sentidos de transmisión, que permita transmitir o
distribuir cualquier tipo de señal y optimizar la interoperatividad
y la interconectividad.
2º) Especificaciones del punto de terminación de red
Los puntos de terminación de red o tomas de usuario para los
servicios de acceso fijo inalámbrico, caso de existir, deberán
satisfacer las características siguientes:
a) Características
físicas.
RJ - 45 para 120 ohmios
DIN 1,6/5,6, BNC para 75 ohmios
DB 15 para X .21
Winchester (M 34) para V.35
b) Características eléctricas
G. 703
X.21/V. 35
5.- REQUISITOS
DE SEGURIDAD Y COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA
A la ICT que proporciona acceso a los servicios de telecomunicaciones
de banda ancha le será de aplicación lo previsto, a este
respecto, en el apartado 4.1.7 del anexo I. |