ITE 04.11.1   Condiciones generales y documentación.

 

Los equipos de producción de frío deberán cumplir lo que a este respecto especifique el Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas, el Reglamento de Aparatos a Presión y este Reglamento.

Los fabricantes o distribuidores de estos equipos deberán aportar la siguiente documentación, sin perjuicio de otra fijada por la correspondiente Comunidad Autónoma:

a) Potencia frigorífica útil total para diferentes condiciones de funcionamiento, incluso con las potencias nominales absorbidas en cada caso

b) Coeficiente de eficiencia energética para diferentes condiciones de funcionamiento, y para plantas enfriadoras de agua, incluso a cargas parciales.

c) Límites extremos de funcionamiento admitidos

d) Tipo y características de regulación de capacidad

e) Clase y cantidad de refrigerante

f) Presiones máximas de trabajo en las líneas de alta y baja presión de refrigerante

g) Exigencias de la alimentación eléctrica y situación de la caja de conexión.

h) Caudal del fluido secundario en el evaporador, pérdida de carga y otras características del circuito secundario.

i) Caudal del fluido de enfriamiento del condensador, pérdida de carga y otras características del circuito.

j) Exigencias y recomendaciones de instalación: espacios de mantenimiento, situación y dimensión de acometidas, etc.

k) Instrucciones de funcionamiento y mantenimiento.

I) Dimensiones máximas del equipo.

m) Nivel máximo de potencia acústica ponderado A LWA, en decibelios, determinado según UNE 74105.

n) Pesos en transporte y en funcionamiento.

 

ITE 04.11.2   Equipos autónomos.

 

Los equipos autónomos, compactos o por elementos, deberán cumplir la legislación para baja tensión que les sea aplicable.

Los fabricantes o distribuidores deberán aportar, además de la documentación expresada en ITE 04.11.1 y de otra fijada por la correspondiente Comunidad Autónoma, los siguientes datos:

1) En todo tipo de unidades:

- Caudal de aire para diferentes valores de presión estática exterior

- Diámetro y situación de las conexiones de drenaje

- Características identificativas de la batería de calefacción, si existe y, en su caso, diámetro y situación de la acometida y tipo de fluido calefactor.

2) En unidades con condensador enfriado por agua:

- Diámetro y situación de las acometidas de agua al condensador.

3) En unidades con condensador enfriado por aire:

- Temperatura máxima y mínima del aire exterior permitida en el condensador.

- Características de ventilador (es) y motor (es).

 

ITE 04.11.3   Equipos centrales.

 

Los equipos centrales incluirán en su documentación además de lo indicado en ITE 04.11.1 y de otra fijada por la correspondiente Comunidad Autónoma, los siguientes datos:

a) Temperaturas máxima y mínima de condensación admisibles.

b) Diámetros de las conexiones al evaporador y condensador remotos, en su caso.

c) En unidades de condensación por agua: presión máxima de trabajo en el condensador y diámetro y situación de las acometidas de agua.

d) En unidades de condensación por aire: características de ventilador (es) y motor (es).

e) En unidades de absorción: fluido portador de calor y consumo.